¿Necesito darme de alta como autónomo?

Son muchas las personas que se plantean si están o no en la obligación de darse de alta como autónomo si desempeñan una actividad por cuenta propia. ¿Estamos obligados siempre a darnos de alta como autónomos? ¿Cuándo debemos darnos de alta? ¿Nos compensa? 

No siempre estamos obligados a darnos de alta como autónomos si facturamos por cuenta propia, pero debemos tener claro cuando sí estamos obligados a darnos de alta en este régimen de la Seguridad Social para evitar posibles problemas. 

Si eres de los que empieza a realizar una actividad que le aporta un nivel de ingresos inferior al salario mínimo interprofesional (SMI) es muy probable que dudes si debes o no darte de alta como autónomo. 

Si estás en esta situación, este artículo es para ti. Sigue leyendo y resolveremos todas tus dudas. 

¡Empezamos!

¿Es legal facturar si no estoy dado de alta como autónomo?

Para poder facturar, o lo que es lo mismo, emitir una factura de forma legal a cambio de realizar una prestación de servicios o de bienes, necesitamos cumplir, al menos, con uno de estos dos requisitos: 

  • Estar dado de alta en la Seguridad Social como trabajador autónomo. De esta forma tendremos que pagar la cuota mínima mensual que en 2022 ascendía a 294€. Otra posibilidad es hacerlo a través de alguna bonificación a la que podamos acogernos dadas nuestras circunstancias o bien, con la tarifa plana de 80 euros. 
  • Otra opción es darnos de alta en Hacienda a través de la presentación del alta censal (modelo 036 o 037) sin tener que hacer frente a ningún coste económico. Esto nos obliga a tener que presentar las declaraciones correspondientes de IRPF e IVA que pueden salirnos a pagar los impuestos correspondientes. 

Si no cumplimos con ninguna de estas dos opciones y estamos facturando, estaremos haciéndolo de forma no legal y contribuyendo así a la economía sumergida. 

Entonces… ¿Debo darme de alta como autónomo siempre?

Lo que la Seguridad Social defiende en cuanto a este tema en el que surgen tantas dudas es lo siguiente: 

Según la ley de la Seguridad Social, se establece que estamos obligados a darnos de alta como autónomos cuando realizamos de forma habitual, personal y directa una actividad profesional a título lucrativo sin estar sujetos a un contrato de trabajo aunque utilicemos el servicio remunerado de otras personas, seas o no titular de una empresa individual o familiar. 

Las dudas surgen cuando muchas personas que empiezan su andaina en el mundo de los autónomos generan un nivel de ingresos reducido. Si todavía no gano mucho dinero…¿Me doy de alta como autónomo? 

La legislación es clara, y la obligatoriedad de darse de alta como autónomo es independiente del nivel de ingresos y del tiempo que dedicamos a esta actividad profesional. Lo vital aquí es que se trate de una actividad por cuenta propia y que se realice de forma habitual. 

¿Qué entiende la ley por actividad habitual?

El concepto de actividad habitual es un concepto jurídico y que ha precisado de la intervención de la jurisprudencia para concretar a qué nos referimos cuando mencionamos este concepto. 

Entendemos por actividad habitual aquella que supera el umbral del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) como indicador clave del concepto. 

En conclusión, si ganas más de 14.000 € al año (cifra fijada en 2022), estarás obligado a darte de alta en el régimen de autónomos. 

Si por lo contrario, no alcanzas el SMI y realizas una actividad profesional de forma esporádica no estarías obligado a darte de alta como autónomo, eso sí, revisa bien todas las condiciones ya que existen ciertas excepciones que debemos tener en cuenta. 

Entonces… ¿Me doy de alta como autónomo o tengo otras opciones?

Sabemos que estimar de buenas a primeras cuáles serán tus ingresos anuales siendo autónomo es algo complejo. 

Por eso, puede que el hecho de tener que pagar la cuota mínima mes a mes y darte de alta como autónomo cuando todavía estás empezando con tu actividad profesional te asuste un poco. 

Pero tranquilo, existen otras opciones: 

1. Valora la opción de negociar un contrato

Negociar un contrato laboral puede ser una buena opción sobre todo si trabajas como autónomo dependiente para un único cliente.  

Puedes intentar negociar con ese cliente la opción de que este te haga un contrato laboral temporal por los servicios que actualmente estás ofreciendo. 

Quizás tengas que renunciar a una parte de tus ingresos, pero puede ser una buena opción mientras no consigues un mayor número de clientes e ingresos que te ayuden a cubrir tus gastos para darte de alta oficialmente como autónomo. 

2. Elegir la cuota bonificada

Darte de alta como autónomo con una cuota bonificada puede ser tu mejor opción si cumples con todos los requisitos para hacerlo. 

No todas las personas pueden acogerse a esta bonificación, pero desde la aprobación de la Ley de Emprendedores muchos autónomos pueden beneficiarse de la tarifa plana de 80 euros o de determinadas bonificaciones en caso de pluriactividad. 

3. Darte de alta en periodos concretos

Actualmente existe la posibilidad de darse de alta como autónomo hasta tres veces en un año y realizar el pago proporcional a la cuota desde la fecha de alta y sin contar la mensualidad completa. 

A partir de la cuarta alta como autónomo en la Seguridad Social en un mismo año sí se contabilizará el mes completo para el pago de la cuota. 

Si realizas una actividad profesional de forma intermitente, esta opción será la más adecuada para ti. 

¿Pueden sancionarme si no estoy dado de alta como autónomo?

Así es, no estar dado de alta como autónomo tiene consecuencias y por lo tanto, la Seguridad Social puede llegar a imponerte una sanción por ello. 

Si la Seguridad Social decide sancionarte, tendrás la obligación de abonar todas las cuotas pendientes que has evadido desde el momento en el que empezaste a ejercer tu actividad profesional por cuenta propia junto con un recargo adicional del 20%.

Cambios en la cuota de autónomos de cara a 2023

Con la llegada de este nuevo año 2023 se ha puesto en marcha el nuevo sistema de cotización en base a los ingresos reales. 

Se ha llegado a barajar la posibilidad de aprobar que los autónomos que no alcanzasen el SMI con sus ingresos no tuvieran que darse de alta como autónomos, pero finalmente esto no ha sido aprobado. 

En caso de no alcanzar el SMI también estamos obligados a darnos de alta como autónomos y cotizar por la nueva tarifa plana de 80 euros al mes durante el primer año.

Si estás empezando a realizar una actividad profesional por cuenta propia y estás adentrándote en el mundo del emprendimiento, estamos seguros de que tendrás muchas preguntas sin respuesta. 

Pero en AsiRural queremos estar a tu lado para ayudarte en el camino hacia lograr todos tus objetivos. Contacta con nosotros, estaremos encantados de escucharte y ayudarte a resolver todas tus dudas. 

 

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